Historia, filosofía y educación corporal
Ocio, religión y regulación en las colonias inglesas y británicas del Atlántico
En la Navidad de 1621, algunos habitantes de Plymouth pidieron no trabajar por motivos de conciencia. Horas después, el gobernador los encontró jugando en la calle. El conflicto que relata William Bradford no enfrenta simplemente trabajo y diversión: enfrenta distintas maneras de entender una festividad, el reparto de obligaciones y la autoridad sobre el espacio público. [1]
Ese episodio permite entrar en una historia más amplia, aunque no uniforme. Las normas de Massachusetts y los documentos de Jamaica muestran que el tiempo para reunirse, jugar o bailar dependía de instituciones religiosas, relaciones laborales y condiciones jurídicas profundamente desiguales. Aquí se comparan esos lugares concretos, sin convertirlos en retrato de todas las sociedades coloniales. [2, 3, 4, 5]

¿Quién podía disponer del tiempo?
La expresión tiempo libre resulta cómoda para un lector actual, pero requiere cuidado cuando se aplica a una sociedad colonial. No equivale a cualquier momento sin trabajo visible. Un día reservado al culto podía imponer otras obligaciones; una pausa concedida por un propietario no significaba libertad para decidir dónde reunirse. Antes de clasificar las diversiones, conviene identificar quién tenía capacidad para ordenar el calendario y exigir obediencia. [2, 4]
En los casos estudiados aparecen autoridades distintas. Bradford interviene como gobernador de Plymouth; el código de Massachusetts expresa decisiones del gobierno colonial; la legislación jamaicana encomienda vigilancia a funcionarios y administradores de plantaciones. Estas diferencias importan: una orden sobre juegos callejeros y una norma que controla reuniones de personas esclavizadas no pueden explicarse como variantes equivalentes de una misma disciplina recreativa. [1, 2, 4]
También cambia el tipo de evidencia. Una crónica narra una intervención y la interpreta; una ley prescribe una conducta y establece sanciones; un observador describe prácticas que vio desde su propia posición social. El historiador debe relacionarlas sin confundirlas. La existencia de una prohibición prueba que una autoridad quiso restringir algo, no que consiguió hacerlo desaparecer. Esta distinción permite leer los documentos más allá de la imagen simplificada de comunidades que habrían vivido sin juegos ni celebraciones. [1, 2, 3, 4]
Plymouth, 1621: una Navidad disputada
Bradford escribió su historia retrospectivamente. En el pasaje dedicado a 1621 recuerda que una parte de los recién llegados se excusó de trabajar el día de Navidad por razones de conciencia. El gobernador aceptó inicialmente la petición, mientras otros habitantes salían a trabajar. Al regresar al mediodía encontró a algunos jugando en la calle, entre ellos practicantes de lanzamiento de barra y de un juego denominado stool-ball. [1]
La intervención posterior revela el argumento del gobernante: consideraba impropio que unos jugaran mientras otros trabajaban. Retiró los implementos y distinguió entre mantener una observancia doméstica de carácter devocional y celebrar juegos o diversiones en la vía pública. No necesitamos traducir stool-ball por un deporte contemporáneo para entender el conflicto; el nombre documenta una práctica de aquel momento, no sus reglas completas. [1]
El cierre del relato es especialmente valioso. Bradford afirma que la conducta no volvió a intentarse de ese modo, al menos abiertamente. Esa reserva deja un límite explícito a su conocimiento. Describe el control de una manifestación pública; no demuestra la desaparición de toda diversión privada. Además, su tono resta gravedad al incidente, que presenta como un recuerdo menor. Leerlo como una prohibición universal del ejercicio o de todos los juegos puritanos exageraría lo que la fuente permite establecer. [1]
Massachusetts: lugares, apuestas y vigilancia
El código de Massachusetts de 1672 permite examinar una regulación más articulada. Su apartado sobre juegos y baile restringe actividades como shuffle-board y bowling en casas de entretenimiento público y sus alrededores. La justificación alude al tiempo gastado y al consumo de vino y cerveza. El establecimiento, la bebida y la reunión aparecen juntos en el problema que define el legislador. [2, pp. 57–58]
El mismo apartado prohíbe jugar por dinero o bienes y fija una sanción calculada sobre el valor apostado. También contempla bailes en establecimientos llamados ordinaries. No todas estas disposiciones tienen idéntico alcance: algunas se refieren a determinados lugares; otras, a apuestas; otras especifican actividades. Resumirlas mediante la frase todos los juegos estaban prohibidos borraría precisamente la información que permite comprender cómo operaba la regulación. [2]
El documento incluye mecanismos de denuncia y recompensas para informantes. Por tanto, la disciplina no dependía únicamente de un magistrado presente en cada reunión. Procuraba convertir la información de particulares en un recurso de vigilancia. Eso muestra el diseño del sistema, aunque el código no proporciona por sí mismo un registro de cuántas personas denunciaron o fueron sancionadas. Para medir su aplicación harían falta expedientes judiciales y otras series documentales. [2]
La distinción entre norma y cumplimiento evita dos extremos: imaginar una prohibición completamente efectiva o considerar irrelevante la legislación porque hubo transgresiones. El código modificaba los riesgos y las condiciones del encuentro recreativo, incluso cuando no conocemos la frecuencia con que se aplicaba. [2]
Descansar no siempre significaba celebrar
En esas mismas páginas se sanciona la observancia de Navidad mediante la suspensión del trabajo, el banquete u otras formas de celebración. La disposición distingue este calendario de las prácticas religiosas que el gobierno consideraba aceptables. No se trata de una simple hostilidad al reposo corporal, sino de una controversia acerca de qué festividades debían organizar la vida colectiva. [2, pp. 57–58]
La comparación con Plymouth ayuda a precisar la diferencia. En el relato de 1621 se tolera inicialmente una objeción de conciencia y luego se reprueba la diversión callejera. En el código de 1672 encontramos una formulación legal más general sobre la festividad. Son documentos separados por medio siglo y pertenecientes a jurisdicciones que no deben fundirse en una sola comunidad imaginaria. [1, 2]
Para la historia de la educación corporal, este asunto tiene consecuencias. La disponibilidad de un día, de una calle o de una taberna influye en las posibilidades de encuentro, pero no constituye todavía una asignatura escolar. La historia del ocio aporta condiciones sociales de la práctica corporal; no autoriza a llamar educación física a cualquier prohibición o celebración del pasado. La relación entre ambos campos necesita explicarse, en lugar de darse por supuesta. [6]
Jamaica, 1687–1688: una observación de música y baile
La documentación jamaicana introduce otro escenario. Hans Sloane visitó la isla en 1687–1688 y publicó en 1707 el primer volumen de su relato de viaje. En sus páginas preliminares dejó observaciones sobre cantos y bailes de personas esclavizadas en días festivos, además de notaciones musicales. La colección Slavery Images identifica esos materiales y su localización en el ejemplar de la John Carter Brown Library. [3, pp. xlviii, l–li; 5]
El testimonio confirma que el repertorio corporal colonial no se reduce a los juegos descritos por gobernadores de Nueva Inglaterra. En Jamaica aparecen reuniones articuladas por música, ritmo y baile, dentro de una sociedad esclavista. Sin embargo, Sloane no ofrece una voz transparente de quienes participaban. Sus juicios morales sobre las canciones forman parte de la mirada del observador y no deben reproducirse como descripción objetiva del valor de esas prácticas. [3, 5]
Las notaciones merecen una precaución semejante. Son huellas documentales valiosas, mediadas por quienes escucharon, anotaron y publicaron. No conservan toda la situación de ejecución: faltan gestos, relaciones entre participantes, variaciones y significados que no quedaron escritos. Por eso conviene hablar de registros de prácticas situadas, no de una representación completa de las culturas africanas presentes en el Caribe. El archivo amplía la historia, pero sus silencios también forman parte de ella. [3, 5]
Jamaica, 1787: reunión permitida bajo control del propietario
La ley jamaicana del 19 de diciembre de 1787, relativa al orden y gobierno de las personas esclavizadas, muestra la dimensión coercitiva de esos encuentros. Sus cláusulas 16 a 18 regulan reuniones y sonidos que las autoridades consideraban peligrosos. La norma menciona tambores calificados como militares, cuernos y conchas, y atribuye responsabilidades a propietarios y administradores de plantaciones. [4, cláusulas 16–18]
La cláusula 17 faculta y obliga a funcionarios civiles y militares a entrar en plantaciones u otros lugares para impedir las reuniones y sonidos declarados ilícitos. La siguiente cláusula establece sanciones para administradores que toleren las conductas descritas. Los términos del documento expresan una preocupación de vigilancia colonial; no prueban que cada reunión musical tuviera una finalidad insurreccional. Confundir el temor de la autoridad con la intención de todos los participantes sería repetir la perspectiva de la ley. [4]
El texto incluye, además, una excepción reveladora. Permite al propietario o administrador autorizar encuentros de las personas esclavizadas de su propia plantación para diversiones que el legislador considera inocentes, siempre que no se empleen los instrumentos prohibidos en los términos señalados. La autorización queda en manos del responsable de la explotación. No reconoce un derecho autónomo a decidir cuándo, con quién y cómo reunirse. [4]
Por ello, una lectura que sólo destacara la excepción produciría una imagen engañosa de tolerancia. La posibilidad de diversión existe dentro de una estructura que regula la reunión, limita los medios sonoros y permite la intervención de fuerzas de control. [4]
Lo autorizado y lo que efectivamente ocurrió
Las observaciones de Sloane y la ley de 1787 están separadas por aproximadamente un siglo. No permiten afirmar que una misma fiesta continuó sin cambios durante ese período. Sí plantean preguntas complementarias: el observador registra prácticas; la legislación define condiciones de reunión y capacidades de vigilancia. Una fuente no rellena automáticamente los vacíos de la otra. [3, 4]
En Plymouth encontramos una situación distinta, pero una dificultad comparable. Bradford reconoce una conducta pública y narra su interrupción. La ley de Massachusetts establece categorías y sanciones. Ninguno de esos documentos proporciona un censo de todas las ocasiones en que la gente jugó. Para reconstruir frecuencias, participantes y circuitos de encuentro habría que incorporar causas judiciales, correspondencia, cuentas y testimonios locales. La afirmación debe mantenerse en el nivel que permite cada registro. [1, 2]
Esta forma de leer resulta especialmente necesaria cuando las personas sometidas al poder colonial aparecen sobre todo en documentos de sus gobernantes. Las reglas conservan información sobre ellas, pero la distribuyen según las preocupaciones de quien mandaba. Identificar esa mediación no invalida el archivo; ayuda a formular preguntas que el archivo no responde directamente y a evitar que la voz de una autoridad ocupe el lugar de toda la comunidad. [4, 5]
Una comparación atlántica con límites definidos
Plymouth, Massachusetts y Jamaica comparten una vinculación con proyectos coloniales ingleses o británicos, pero esa conexión no vuelve equivalentes sus sociedades. Las disputas de colonos sobre fiestas religiosas y trabajo no tienen la misma estructura que el control de reuniones en una plantación esclavista. Cambian las condiciones de libertad, los actores que deciden y la violencia incorporada al sistema jurídico. [1, 2, 3, 4]
La comparación permite reconocer tres preguntas comunes: quién organiza el tiempo, qué prácticas admite y cómo pretende vigilar su realización. A partir de ahí aparecen diferencias concretas. En Plymouth pesa la distribución del trabajo en una pequeña comunidad; en Massachusetts se articulan establecimientos, apuestas y observancia religiosa; en Jamaica, la autorización de encuentros se inserta en un régimen que somete a las personas a la autoridad de propietarios y funcionarios. [1, 2, 4]
Otros territorios del Atlántico, las comunidades indígenas y los espacios coloniales de Asia y África requieren documentos y recorridos propios. No corresponde deducir sus prácticas a partir de estos ejemplos. Una historia global se construye conectando estudios situados, no extendiendo una experiencia regional hasta convertirla en explicación universal. Los casos aquí examinados ofrecen un tramo de ese recorrido y dejan visibles sus fronteras geográficas y documentales. [5, 6]
Qué aporta este recorrido a la historia de la educación corporal
Estos documentos ayudan a comprender que las prácticas corporales siempre necesitan condiciones de realización. La técnica de un juego importa, pero también importan el lugar, el calendario y la posibilidad de reunirse. Una prohibición de apostar, una disputa sobre Navidad y una autorización dependiente del propietario muestran maneras distintas de intervenir en esas condiciones. [1, 2, 4]
El vínculo con la educación física no consiste en buscar una clase escolar escondida en cada escena. Consiste en comprender parte del mundo social del que surgirían, en otros momentos y bajo otras instituciones, proyectos de recreación organizada, entrenamiento y enseñanza corporal. Mantener esa diferencia evita presentar el pasado como una sucesión inevitable que conduce al currículo actual. [6]
También permite una lectura pedagógica más precisa. Estudiar un juego histórico no exige celebrarlo sin examen ni condenarlo desde una etiqueta general. Podemos preguntar quién participaba, qué relaciones organizaba y quién quedaba bajo la decisión de otros. En un ejemplo de análisis en el aula, comparar el permiso doméstico que describe Bradford con la excepción de la ley jamaicana ayudaría a distinguir tolerancia, autonomía y subordinación, sin equiparar situaciones tan diferentes. [1, 4]
El resultado es una historia menos uniforme y más explicativa: los cuerpos no aparecen únicamente cuando una autoridad los reglamenta. Las prácticas observadas, las reglas que intentaron encauzarlas y los límites de nuestra documentación deben leerse juntos. Así el ocio colonial recupera su complejidad sin convertirse en una colección de anécdotas ni en un antecedente simplificado de los deportes contemporáneos. [1, 2, 3, 4, 5, 6]
Bibliografía
- Bradford, W. (1909/1920). Bradford’s history of the Plymouth settlement, 1608–1650. Versión en inglés moderno de Harold Paget. E. P. Dutton. Manuscrito original redactado entre 1630 y 1655. Libro II, capítulo II: acontecimientos de 1621; episodio de Navidad. Consultar fuente
- Massachusetts. (1672/1890). The colonial laws of Massachusetts, reprinted from the edition of 1672, with the supplements through 1686. Edición facsimilar de William H. Whitmore, publicada por la ciudad de Boston. Código de 1672, pp. 57–58: Gaming and Dancing. Consultar fuente
- Sloane, H. (1707). A voyage to the islands Madera, Barbados, Nieves, S. Christophers and Jamaica, vol. 1. Londres. Pasajes y notaciones identificados en la colección académica Slavery Images, ejemplar de la John Carter Brown Library. Vol. 1, pp. xlviii y l–li. Consultar fuente
- Jamaica. (1787, 19 de diciembre). An Act to Repeal several Acts, and Clauses of Acts, respecting Slaves, and for the better Order and Government of Slaves, and for other Purposes. Transcripción documental de Laws of Enslavement and Freedom, University of New Brunswick. Cláusulas 16–18. Consultar fuente
- John Carter Brown Library. (2012). Voyage to the Islands: Hans Sloane, slavery, and scientific travel in the Caribbean. Catálogo de exposición y documentos históricos. Brown University. Secciones sobre Sloane, esclavitud y documentación de prácticas caribeñas. Consultar fuente
- Mechikoff, R. A. (2020). A history and philosophy of sport and physical education: From ancient civilizations to the modern world (7.ª ed.). McGraw-Hill Education. Apartados sobre América colonial, religión y recreación. Consultar fuente